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Para operaciones de naves y plazas comerciales


El Ministerio de Vivienda y Edificaciones (Mived), a través del Viceministerio de Normas, Reglamentaciones y Tramitaciones, dispuso la clausura preventiva y paralización de operaciones de varias naves industriales y plazas comerciales en el Gran Santo Domingo, por operar sin licencias de construcción ni certificaciones de inspección final.

Entre los establecimientos clausurados se encuentran Suplax, Plaza Hope, Central Depot, Central Point, Ming Sheng, Me Home (Nine Mall), La Rocca, Dulce Hogar, Shopping Center New World, STD Mall y Yo Me, entre otras.

El Mived explicó que esta decisión se fundamenta en el principio de autotutela administrativa, que faculta a la Administración a dictar de manera inmediata las medidas preventivas necesarias para salvaguardar el orden público, la seguridad estructural de las edificaciones y, de forma prioritaria, el derecho a la vida y la seguridad ciudadana.

Esta prerrogativa permite adoptar acciones urgentes y eficaces frente a riesgos inminentes, con el fin de prevenir daños irreparables y garantizar la efectividad de la acción estatal.

La institución aclaró que la medida es temporal y estrictamente preventiva, y que los responsables de los establecimientos tienen la oportunidad de regularizar su situación conforme a la normativa vigente.

La Ley 687-82 y los Reglamentos Técnicos R-004 (Decreto 232-17) y R-021 (Decreto 576-06) establecen la obligatoriedad de contar con licencia de construcción y certificación de inspección final como requisitos previos a la ocupación y operación de edificaciones en la República Dominicana.

La Administración Pública está facultada para iniciar investigaciones de oficio, sin requerir denuncia previa, ante la existencia de indicios de vulneraciones normativas.

Esta potestad se fundamenta en el principio de legalidad y en su prerrogativa de autotutela administrativa, con el propósito de verificar el cumplimiento de la normativa vigente, restablecer la legalidad quebrantada y salvaguardar el interés público.

En este contexto, el artículo 31 de la Ley núm. 160-21 confiere al Mived, la competencia para regular, controlar y supervisar la actividad constructiva en todo el territorio nacional.

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