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La Constitución Dominicana prohíbe implícitamente el uso de su suelo para maniobras contra otros países


La Constitución de la República Dominicana prohíbe implícitamente el uso de su suelo para maniobras contra otros países, basándose en principios de soberanía nacional, no intervención y respeto al derecho internacional, prohibiendo actos que atenten contra la integridad del Estado o la injerencia en asuntos internos de otras naciones, como lo ha interpretado el Tribunal Constitucional, que rechaza la instalación de bases militares extranjeras para fines ofensivos.

Fundamentos Constitucionales Clave:

Soberanía e Independencia: El Artículo 3 de la Constitución establece que la soberanía es inviolable, y ningún poder público puede permitir actos que constituyan una intervención directa o indirecta en los asuntos internos o externos de la República Dominicana.

No Intervención: La Carta Magna defiende la no injerencia, impidiendo que el país se convierta en una plataforma para la agresión contra naciones hermanas, violando así el derecho internacional y la voluntad popular, como señalan organizaciones civiles.

Rol de las Fuerzas Armadas: Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional tienen un carácter técnico y profesional, subordinadas al poder civil y no deliberantes, reafirmando el carácter civil del Estado.

Interpretación del Tribunal Constitucional (TC):

En sentencias como la TC/031/, el Tribunal ha dejado claro que cualquier acuerdo para la presencia de tropas extranjeras debe ser temporal, limitado y regulado, supeditado a condiciones puntuales y nunca para fines indeterminados o que contravengan la soberanía.

Contexto Reciente:

Organizaciones populares han denunciado que ciertos acuerdos de cooperación militar, aunque presentados como técnicos y temporales, pueden violar estos principios constitucionales al permitir la infraestructura dominicana para operaciones que se perciben como injerencia, especialmente en el Caribe y contra Venezuela, llamando a defender la soberanía nacional.

En resumen, la Constitución y su jurisprudencia protegen a República Dominicana de ser utilizada como plataforma de agresión, garantizando su rol como Estado soberano y no intervencionista.

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